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Impuestos y derecho

Declaración periódica de IVA en Alemania: plazos, límites y periodicidad

Si tienes actividad en Alemania, presentas la declaración periódica de IVA el día 10 tras cerrar el periodo. Aquí ves qué ritmo te toca, cuándo vence y cómo ganar un mes más.

Declaración periódica de IVA en Alemania: plazos, límites y periodicidad

La declaración vence el día 10 después de terminar el periodo, y tu IVA del año anterior decide el ritmo. Hasta 2.000 euros la oficina tributaria puede eximirte por completo, entre 2.000 y 9.000 euros declaras cada trimestre, por encima de 9.000 euros cada mes. Quien tributa como pequeño empresario según el artículo 19 de la Ley alemana del IVA (UStG) no presenta ninguna declaración periódica. Si necesitas más margen, solicita la prórroga permanente y ganas un mes.

Si el día 10 cae en sábado, domingo o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil, según el artículo 108, apartado 3 del Código Tributario alemán (AO). Por eso la próxima fecha trimestral no es el día 10, sino el lunes 12 de octubre de 2026.

Este artículo informa de forma general y no sustituye el asesoramiento fiscal.

Contenido

  1. ¿Tienes que presentarla?
  2. Mensual, trimestral o nada: los dos límites
  3. Todas las fechas hasta febrero de 2027
  4. Prórroga permanente: un mes más, con pago anticipado si declaras cada mes
  5. Nuevas empresas: qué rige en 2026 y qué cambia en 2027
  6. ¿Qué pasa si llegas tarde?
  7. Cómo se transmite la declaración
  8. Preguntas frecuentes
  9. Sacar las cifras de tu propia contabilidad

¿Tienes que presentarla?

La declaración periódica de IVA es una liquidación intermedia con la oficina tributaria. Declaras el IVA de tus facturas emitidas, restas el IVA soportado de tus facturas recibidas y transfieres la diferencia. Al cerrar el año todo se reúne en la declaración anual de IVA y se compensa con los pagos ya realizados.

Tres grupos quedan fuera:

  • Pequeños empresarios según el artículo 19 UStG. Desde 2025, el artículo 19, apartado 1, frase 2 UStG excluye expresamente las obligaciones de declaración del artículo 18, apartados 1 a 4. Quien se mantiene por debajo de 25.000 euros el año anterior y 100.000 euros en el año en curso no declara nada de forma periódica. Los detalles están en el artículo sobre el régimen de pequeña empresa y sus trampas.
  • Quien haya sido eximido por la oficina tributaria. Más abajo lo vemos.
  • Quien no ejerce una actividad empresarial.

Aun así hay dos excepciones: quien debe el IVA como destinatario de la prestación según el artículo 13b UStG o entrega un vehículo nuevo dentro de la UE tiene que declarar incluso siendo pequeño empresario (artículo 18, apartado 4a UStG). Cuándo debes tú el impuesto como cliente lo explica el artículo sobre el artículo 13b UStG en obras de construcción.

Si tu empresa está fuera y vende en Alemania, hay un punto clave: el registro alemán de IVA trae consigo la obligación de declarar. Los límites siguientes te afectan igual que a una empresa alemana. Y si registras cada documento con su tipo impositivo, la cifra para la declaración está lista al cerrar el trimestre en lugar de esperar en un montón de papeles. Para eso está pensada la contabilidad de Easy Invoice: registrar gastos con categoría y tipo de IVA, analizar por periodo y entregar la exportación DATEV a la asesoría.

Mensual, trimestral o nada: los dos límites

Lo decisivo es el impuesto del año natural anterior, es decir, tu cuota a pagar, no tu facturación. Cuota a pagar significa IVA repercutido menos IVA soportado deducible.

IVA del año anteriorPeriodo de declaraciónBase legal
hasta 2.000 eurosLa oficina puede eximirte de declarar. Solo queda la declaración anualart. 18, ap. 2, frase 3 UStG
más de 2.000 hasta 9.000 eurostrimestre naturalart. 18, ap. 2, frase 1 UStG
más de 9.000 eurosmes naturalart. 18, ap. 2, frase 2 UStG

Estos importes rigen desde 2025. Antes eran 1.000 y 7.500 euros, por eso muchas guías antiguas siguen citando las cifras viejas.

Dos puntos se pasan por alto una y otra vez:

La exención no llega sola. El artículo 18, apartado 2, frase 3 UStG dice que la oficina puede eximir. Es una decisión suya, no un derecho que tomes por tu cuenta. Mientras no tengas la comunicación, sigues declarando cada trimestre.

Con un saldo alto a tu favor puedes pasar voluntariamente a mensual. Si el año anterior arroja un excedente a tu favor superior a 9.000 euros, puedes elegir el mes en lugar del trimestre (artículo 18, apartado 2a UStG). Compensa si inviertes mucho y sueles recibir devoluciones: esperas como máximo un mes en lugar de tres. La elección se hace antes del 10 de febrero presentando la primera declaración mensual y te vincula todo el año.

Todas las fechas hasta febrero de 2027

Presentación y pago caen el mismo día: el día 10 tras cerrar el periodo (artículo 18, apartado 1 UStG). En esta tabla los fines de semana ya están desplazados.

Trimestral:

Trimestresin prórrogacon prórroga permanente
3.º trimestre 2026 (julio a septiembre)lunes 12 de octubre de 2026martes 10 de noviembre de 2026
4.º trimestre 2026 (octubre a diciembre)lunes 11 de enero de 2027miércoles 10 de febrero de 2027
1.er trimestre 2027 (enero a marzo)lunes 12 de abril de 2027lunes 10 de mayo de 2027

Mensual:

Messin prórrogacon prórroga permanente
agosto 2026jueves 10 de septiembre de 2026lunes 12 de octubre de 2026
septiembre 2026lunes 12 de octubre de 2026martes 10 de noviembre de 2026
octubre 2026martes 10 de noviembre de 2026jueves 10 de diciembre de 2026
noviembre 2026jueves 10 de diciembre de 2026lunes 11 de enero de 2027
diciembre 2026lunes 11 de enero de 2027miércoles 10 de febrero de 2027

Los festivos pueden desplazar más la fecha si el día 10 es festivo oficial en el estado federado de tu oficina tributaria. En las fechas anteriores no ocurre.

Prórroga permanente: un mes más, con pago anticipado si declaras cada mes

A solicitud, la oficina amplía en un mes el plazo de presentación y de pago. El artículo 46 del Reglamento del IVA alemán (UStDV) lo formula como obligación: la oficina tiene que ampliar. Solo puede denegarlo si el crédito tributario parece en riesgo, por ejemplo con deudas importantes.

La diferencia entre ambos grupos es el precio:

Declaración trimestralDeclaración mensual
Pago especial anticipadoningunosí, una onceava parte de los pagos del año anterior
Solicitar antes del10 de abril (para el 1.er trimestre)10 de febrero (para enero)
Repetir cada añono, sigue vigentela solicitud no, pero el pago especial sí se declara y abona cada año

El pago especial anticipado es una fianza, no un impuesto adicional: adelantas una onceava parte de los pagos del año anterior y te lo compensan con la declaración de diciembre (artículos 47 y 48, apartado 4 UStDV). Lo que sobre se devuelve o se compensa.

Un ejemplo: en 2026 pagaste 22.000 euros de IVA en total. Para 2027 declaras en febrero un pago especial de 2.000 euros y lo transfieres. A cambio dispones de un mes más para cada declaración durante todo el año. En enero de 2028 liquidas esos 2.000 euros con la declaración de diciembre.

Si se te pasa la solicitud, puedes presentarla para el siguiente periodo. La prórroga rige entonces desde ese periodo, no con efecto retroactivo.

Nuevas empresas: qué rige en 2026 y qué cambia en 2027

Para nuevas empresas, el artículo 18, apartado 2, frase 4 UStG prevé en realidad declaración mensual en el año de inicio y el siguiente. Esa obligación está suspendida temporalmente. La ley dice: "para los periodos impositivos 2021 a 2026". Durante esos años rige lo siguiente:

  • En el año de inicio decide el impuesto previsible del año en curso. Ese valor lo estimas en el cuestionario de registro fiscal; cómo se rellena está en el artículo sobre dar de alta la actividad y el cuestionario fiscal.
  • En el año siguiente se proyecta a un año completo el impuesto real del año de inicio.
  • La exención de declarar está descartada en el año de inicio y en el siguiente, aunque te quedes por debajo de 2.000 euros. Así lo fija el escrito del Ministerio Federal de Hacienda de 16 de diciembre de 2020. Menos que trimestral no es posible para una empresa nueva.

El punto para quien piense empezar en 2027: según el texto legal, la suspensión termina con el periodo impositivo 2026. Si no se prorroga, las empresas creadas a partir de 2027 volverán a declarar cada mes durante sus dos primeros años, por pequeñas que sean. A fecha de 7 de septiembre de 2026 no hay ninguna prórroga en la Ley del IVA. Si el legislador actuará sigue abierto. Quien pueda elegir la fecha de inicio y quiera menos burocracia hará bien en seguirlo.

¿Qué pasa si llegas tarde?

Tres consecuencias, que pueden darse por separado:

MotivoConsecuenciaBase
Declaración tardía o no presentadaRecargo por demora, importe a criterio de la oficinaart. 152, ap. 1 AO
Pago tardíoRecargo de apremio: 1 % del importe pendiente por cada mes empezadoart. 240, ap. 1 AO
La declaración sigue sin llegarLa oficina estima las bases imponiblesart. 162 AO

Dos detalles merecen recordarse.

En el pago hay tres días de cortesía: hasta tres días de retraso no generan recargo de apremio (artículo 240, apartado 3 AO). Solo vale para transferencia y domiciliación, no para efectivo o cheque. Para la presentación no existe esa cortesía.

En el recargo por demora no rigen aquí los importes mínimos que se conocen de la declaración anual: para las declaraciones mensuales o trimestrales, la escala del artículo 152, apartado 5 AO queda expresamente excluida (artículo 152, apartado 8, número 1 AO). La oficina decide según su criterio: a menudo no aplica nada en un retraso puntual y disculpable, y sí de forma notable cuando se repite.

La estimación es lo más incómodo: por experiencia no sale a tu favor y el impuesto se debe igual. La declaración posterior sustituye a la estimación, pero el recargo por demora se queda.

Cómo se transmite la declaración

La transmisión es electrónica y autenticada, por regla general a través de ELSTER, el portal de la administración tributaria alemana. Solo hay formulario en papel si la oficina renuncia a la vía electrónica, previa solicitud, para evitar una carga desproporcionada, por ejemplo si faltan medios técnicos (artículo 18, apartado 1, frase 2 UStG). Descargar un PDF y llevarlo no es una alternativa, es la excepción.

Para el acceso necesitas una cuenta de usuario en ELSTER y tu número fiscal alemán. Cómo conseguir ambos está en el artículo sobre el número fiscal a través de ELSTER.

Lo que conviene tener a mano antes de rellenar: todas las facturas emitidas del periodo separadas por tipo impositivo, todas las facturas recibidas con IVA soportado y los casos de inversión del sujeto pasivo. Si tu asesoría prepara la declaración, la calidad de tu trabajo previo marca el precio, y ahí encaja el artículo sobre la contabilidad preparatoria.

Esas sumas no hace falta calcularlas a mano si tus documentos ya están en un programa. En Easy Invoice abres en Contabilidad el análisis fiscal, eliges como tipo USTVA, como periodicidad mes o trimestre y añades año y periodo. Obtienes los valores que van en la declaración y los trasladas a ELSTER. El envío no lo hace el programa: no hay interfaz con ELSTER.

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo rige en la declaración trimestral? El día 10 tras cerrar el trimestre: 10 de abril, 10 de julio, 10 de octubre y 10 de enero, trasladados al siguiente día hábil si caen en fin de semana o festivo. Con prórroga permanente, un mes más tarde en cada caso.

¿También me dan la prórroga si declaro cada trimestre? Sí, y sin pago especial anticipado. Ese lo abonan solo quienes declaran cada mes. Solicítala antes del día en que vence la primera declaración cubierta por la prórroga.

¿El plazo se amplía si lo hace una asesoría fiscal? No. Los plazos ampliados para casos con asesor valen para declaraciones referidas a un año natural, es decir, la anual. En las periódicas se mantiene el día 10; la prórroga permanente es la única vía para ganar tiempo.

¿Puedo declarar solo una vez al año? No existe una declaración periódica anual. Lo que existe es la exención cuando el impuesto del año anterior no superó los 2.000 euros. Entonces solo queda la declaración anual de IVA, y decide la oficina.

¿Qué pongo si en un trimestre no tuve operaciones? Presentas la declaración a cero. La obligación no desaparece porque no haya pasado nada. No presentar nada expone a una estimación.

¿Dónde encuentro el formulario de 2026? En el portal ELSTER, como formulario en línea. El impreso en papel solo entra en juego con una autorización por carga desproporcionada.

Sacar las cifras de tu propia contabilidad

Lo pesado de la declaración no es el formulario, sino reunir los importes. Para eso está el análisis fiscal de office1.cloud: registras facturas y gastos con su tipo impositivo sobre la marcha y el análisis suma el periodo.

Además de la declaración periódica, ese mismo análisis genera las cifras para la declaración anual de IVA, la cuenta de ingresos y gastos (EÜR), la prórroga permanente y el estado recapitulativo, es decir, las obligaciones que se cruzan en el camino de una empresa pequeña a lo largo del año.

Lo que el programa no hace: enviar a ELSTER. Tú lees los valores y los introduces allí, o tu asesoría los toma de la exportación DATEV. Prueba Easy Invoice gratis.

Fuentes

Sobre el autor

Charles Imilkowski

Desarrollador de software · PepperTools

Charles Imilkowski desarrolla y comercializa desde 2014, con su empresa PepperTools, su propio software de facturación y contabilidad. Además, trabaja desde 2004 como desarrollador de software, hoy para empresas medianas, y crea interfaces entre sistemas ERP como SAP y soluciones contables como DATEV.

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