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Facturación y contabilidad

Factura de anticipo y pago por adelantado en Alemania: modelos, datos obligatorios e IVA

Quiere cobrar antes de entregar. Puede hacerlo, pero no sin más. Necesita un acuerdo previo, y Hacienda cobra en cuanto entra el dinero.

Factura de anticipo y pago por adelantado en Alemania: modelos, datos obligatorios e IVA

Solo cobrará antes de entregar si lo acuerda de antemano. No existe ninguna ley alemana que le conceda el pago por adelantado. Una vez acordado, emite una factura normal con todos los datos obligatorios: más abajo encontrará los modelos. Lo caro viene después: el IVA alemán nace en el momento en que el dinero llega a su cuenta, aunque usted todavía no haya entregado nada (§ 13 apdo. 1 n.º 1 letra a frase 4 UStG). Y si después no descuenta el anticipo de forma visible en la factura final, deberá el impuesto dos veces.

Este artículo ofrece información general y no sustituye el asesoramiento jurídico ni fiscal. Si tiene dudas sobre su caso concreto, consulte a su asesoría fiscal o a un abogado.

Índice

  1. ¿Puedo exigir dinero por adelantado?
  2. Pago por adelantado o anticipo: la diferencia
  3. Modelos de factura de anticipo y de pago adelantado
  4. Estos datos son obligatorios
  5. El IVA no espera a la entrega
  6. La factura final: aquí nace el impuesto doble
  7. Qué ocurre con el régimen de pequeña empresa
  8. ¿De cuánto puede ser el anticipo?
  9. El pago adelantado en sus condiciones generales
  10. El encargo se cae: devolución y corrección de la factura
  11. Fórmulas para el presupuesto y la factura
  12. Preguntas frecuentes

¿Puedo exigir dinero por adelantado?

Sí, si lo acuerda con el cliente. No, si simplemente lo escribe en la factura.

Esa diferencia importa más de lo que parece. Por regla general, el derecho alemán prevé que usted preste primero y el cliente pague después. En el contrato de obra lo dice el § 632a BGB: puede exigir un pago a cuenta «por el importe del valor de las prestaciones realizadas y debidas conforme al contrato». La palabra clave es realizadas. El derecho legal solo cubre lo que ya ha hecho, no lo que piensa hacer.

El dinero antes de la prestación no es, por tanto, un derecho que usted tenga, sino un pacto que cierra. Y como es un pacto, corresponde al momento en que el cliente todavía puede decir que no: al presupuesto, a la confirmación del pedido, al contrato. No a la factura, que llega después.

El error más frecuente en la práctica: presupuesto sin una palabra sobre el pago, encargo aceptado y después llega la factura con «50 % de anticipo antes de empezar». El cliente no tiene por qué aceptarlo. Nunca acordaron el anticipo, así que usted debe la prestación y él debe el dinero solo después.

Pago por adelantado o anticipo: la diferencia

Ambos son dinero antes de la prestación. La diferencia está en el importe y en lo que viene después.

Pago por adelantadoAnticipo
Importeel total de la facturauna parte
Cuándoantes de la entrega o prestaciónantes de la entrega o prestación
Despuésno hace falta otra facturafactura final por el resto
Habitual enenvío de mercancía, clientes nuevos, importes pequeñosoficios, encargos a medida, obras grandes
IVAnace con la entrada del dineronace con la entrada del dinero

A efectos de IVA la ley trata ambos por igual. El § 13 apdo. 1 n.º 1 letra a frase 4 UStG habla de «la contraprestación o parte de la contraprestación» cobrada antes de ejecutar la prestación. Que sea el 100 % o el 30 % no cambia nada.

En la práctica sí se diferencian: con el pago adelantado, usted ha terminado cuando entrega. Con el anticipo llega una factura final, y justo ahí se produce el error más caro de este tema; véase La factura final.

No es lo mismo la factura a cuenta de una obra en curso. Esa factura lo que ya ha ejecutado, paso a paso. El anticipo y el pago adelantado llegan antes de que haya ocurrido nada. Cómo funciona la facturación parcial continuada está en Factura a cuenta, y la distinción entre los tres tipos en Factura a cuenta, parcial y final. Otra cosa distinta es la factura proforma: no liquida nada, solo informa a la aduana o al cliente por adelantado.

Modelos de factura de anticipo y de pago adelantado

Dos plantillas para copiar. Las cifras son ejemplos; lo que importa es la estructura.

Modelo de factura de anticipo

Factura de anticipo n.º 2026-0184
Fecha de factura: 15 de septiembre de 2026

Por el encargo de 8 de septiembre de 2026: montaje de una cocina, número de pedido A-2026-31.
Periodo de prestación previsto: octubre de 2026.

Anticipo acordado, 30 % del importe del encargo de 12.000,00 EUR netos:

| Concepto | Neto | IVA 19 % | Total |
| --- | --- | --- | --- |
| Anticipo sobre el pedido A-2026-31 | 3.600,00 EUR | 684,00 EUR | 4.284,00 EUR |

Pagadero hasta el 25 de septiembre de 2026 sin descuento.
Iniciaremos el montaje tras la recepción del anticipo.
Por el importe restante recibirá al terminar una factura final en la que se descontará este anticipo.

Modelo de factura con pago por adelantado

Factura n.º 2026-0185 – pago antes del envío
Fecha de factura: 15 de septiembre de 2026

Por su pedido de 14 de septiembre de 2026.
Mes de entrega previsto: septiembre de 2026.

| Concepto | Cant. | Neto | IVA 19 % | Total |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| Artículo 4411, fabricación a medida | 1 | 890,00 EUR | 169,10 EUR | 1.059,10 EUR |

Pagadero hasta el 22 de septiembre de 2026 sin descuento.
El envío se realiza tras la recepción del importe.

La misma plantilla sirve para quien busca «modelo», «plantilla» o «formulario» de factura de anticipo: en todos los casos es el mismo documento. Lo único que cambia es el motivo.

Una palabra sobre la denominación: la ley no impone ningún título. «Factura de anticipo», «factura de pago anticipado» o simplemente «factura» son igualmente admisibles. Lo importante es que del documento se desprenda que la prestación aún no se ha realizado. De lo contrario será difícil explicar después por qué existen dos facturas del mismo encargo.

Estos datos son obligatorios

La factura de anticipo no es una factura recortada. El § 14 apdo. 5 frase 1 UStG dispone que, cuando se cobra la contraprestación antes de la prestación, «los apartados 1 a 4 se aplican de forma correspondiente». Rigen, pues, los mismos datos obligatorios que en cualquier otra factura conforme al § 14 apdo. 4 UStG.

Dos puntos dan problemas en la práctica:

La fecha de la prestación. Todavía no la conoce, la prestación está pendiente. Basta con indicar la fecha prevista o el mes natural. Si deja el campo vacío, falta un dato obligatorio.

La descripción de la prestación. Debe ser lo bastante concreta para que quede claro por qué se paga. «Anticipo» a secas no basta. «Anticipo sobre el pedido A-2026-31, montaje de una cocina» sí. No es una formalidad: solo cuando se sabe qué se va a entregar puede determinarse el tipo impositivo correcto.

La lista completa de datos obligatorios está en Cómo emitir una factura. Para la numeración correlativa no hay nada especial: la factura de anticipo recibe un número de su serie habitual, véase Numeración de facturas.

El IVA no espera a la entrega

Este es el punto en el que los anticipos se diferencian de todo lo demás, y la razón por la que muchos autónomos tropiezan con ellos una vez.

Normalmente el IVA alemán nace cuando usted ha entregado o prestado. Con dinero antes de la prestación se aplica una regla especial: según el § 13 apdo. 1 n.º 1 letra a frase 4 UStG el impuesto nace «al finalizar el periodo de declaración en el que se haya cobrado la contraprestación o la contraprestación parcial».

Cobrado significa: el dinero está en su cuenta. No: usted ha emitido la factura.

Un ejemplo. El 25 de septiembre recibe un anticipo de 4.284,00 EUR brutos. La cocina se monta en noviembre. En la declaración de septiembre declara e ingresa igualmente 684,00 EUR de IVA. En ese momento el encargo ni siquiera ha empezado.

Esto rige tanto si tributa por contraprestaciones pactadas como por contraprestaciones cobradas. Quien aplica el criterio de caja del § 20 UStG tiene ya la entrada de dinero como detonante. Quien tributa por devengo queda adelantado a la entrada de dinero por la frase 4. En ambos casos el dinero está en Hacienda antes de que el trabajo esté hecho.

Lo que se deduce de esto, muy en concreto: aparte el IVA del anticipo en cuanto entre. Quien planifica 4.284,00 EUR como presupuesto de material y mano de obra ya ha gastado 684,00 EUR sin darse cuenta. Los plazos de la declaración están en Declaración periódica del IVA: plazos y límites.

La factura final: aquí nace el impuesto doble

La cocina está montada, usted emite la factura final por el importe total del encargo y repercute el IVA sobre ella. ¿Ya está? No: ahora debe por segunda vez el impuesto del anticipo.

El § 14 apdo. 5 frase 2 UStG exige que en la factura final se descuenten «las contraprestaciones parciales cobradas antes de ejecutar la entrega u otra prestación y las cuotas de impuesto correspondientes». Ambas cosas. No solo el importe neto, también el impuesto, y las dos de forma visible.

Si la factura final muestra el impuesto íntegro sobre el importe íntegro, ha repercutido más impuesto del que debe. Ese exceso lo debe entonces conforme al § 14c apdo. 1 UStG, además de lo que ya ingresó en septiembre.

Así se hace el descuento correctamente:

ConceptoNetoIVA 19 %Total
Montaje de cocina, pedido A-2026-3112.000,00 EUR2.280,00 EUR14.280,00 EUR
menos factura de anticipo n.º 2026-0184 de 15/09/2026−3.600,00 EUR−684,00 EUR−4.284,00 EUR
Importe restante8.400,00 EUR1.596,00 EUR9.996,00 EUR

La alternativa: emitir la factura final solo por el importe restante y remitir a la factura de anticipo. También es admisible. Lo que no vale es el importe total con el impuesto total sin ninguna mención al anticipo.

Con pago adelantado puro el problema desaparece. Ha facturado el importe completo una vez; no hay segunda factura. Precisamente por eso muchos buscan «pago adelantado sin factura final»: no es un caso especial, es el caso normal del pago adelantado.

Qué ocurre con el régimen de pequeña empresa

Quien aplica el régimen de pequeña empresa del § 19 UStG no repercute IVA. Eso vale en la factura de anticipo igual que en cualquier otra. Con ello desaparecen las dos trampas de los apartados anteriores: ni impuesto con la entrada del dinero ni impuesto doble en la factura final.

Quedan dos cosas por tener en cuenta:

El anticipo cuenta para el límite de volumen. Es ingreso en cuanto entra, aunque la prestación llegue el año siguiente. Quien está justo por debajo del límite y acepta un anticipo grande en diciembre puede superarlo. Los límites y su efecto están en Régimen de pequeña empresa.

La mención va en la factura. En la factura de anticipo figura la misma frase que siempre: que conforme al § 19 UStG no se repercute IVA. Las fórmulas están en Factura sin IVA.

¿De cuánto puede ser el anticipo?

No existe un límite legal general. Lo que puede pactar depende de cómo lo pacte y con quién.

En un contrato negociado individualmente es libre. 30 %, 50 % o el importe completo: si ambas partes están de acuerdo, vale.

En el contrato de obra con consumidor la ley pone un límite. Según el § 650m apdo. 1 BGB, los pagos a cuenta no pueden superar en conjunto el 90 % de la remuneración total pactada. El § 650m apdo. 2 BGB añade que con el primer pago a cuenta debe entregarse al consumidor «una garantía por la ejecución puntual de la obra sin defectos esenciales por importe del 5 % de la remuneración total pactada». Estas normas rigen para contratos con un consumidor sobre la construcción de un edificio nuevo o reformas de entidad. Si su encargo entra ahí depende del caso concreto; en obras mayores para clientes particulares compensa preguntar a un abogado.

En sus condiciones generales la cosa se vuelve delicada al margen del importe. Véase el apartado siguiente.

Más allá del derecho decide el sector. En fabricaciones a medida y material que debe comprar, del 30 al 50 % es habitual. En mercancía estándar frente a clientes habituales, ya un anticipo se lee como desconfianza. La frase que resuelve ambas cosas: el anticipo cubre su riesgo de prestar primero, no su beneficio.

El pago adelantado en sus condiciones generales

Una cláusula de sus condiciones generales que obligue al cliente a pagar antes de la prestación se mide por el § 307 BGB. Y ahí tiene problemas, porque la ley parte del orden inverso.

El Tribunal Supremo Federal alemán declaró nula el 7 de marzo de 2013 la cláusula de un instalador de cocinas según la cual el precio debía pagarse «a más tardar en la entrega sin descuento» (BGH, sentencia de 07/03/2013 – VII ZR 162/12). Motivo: la cláusula obliga al cliente a prestar primero sin que pueda comprobar la contraprestación.

Importa ver lo que esto no significa. Ofrecer el pago adelantado como una de varias formas de pago entre las que el cliente elige es algo distinto de una cláusula que le impone prestar primero. Y en el contrato negociado individualmente rige de todos modos lo que ambas partes acordaron.

Dónde está exactamente la línea depende de la redacción y del modelo de negocio. Eso es terreno de abogados, no de un artículo divulgativo: si quiere fijar el pago adelantado en sus condiciones, haga revisar la cláusula antes de que llegue el primer requerimiento. Para el acuerdo en el caso concreto —presupuesto, confirmación de pedido, contrato firmado— no lo necesita.

El encargo se cae: devolución y corrección de la factura

El cliente se echa atrás y usted devuelve el anticipo. Comercialmente el asunto queda cerrado; fiscalmente todavía no.

Ya ha ingresado el IVA del anticipo. Puede recuperarlo por el § 17 apdo. 2 n.º 2 UStG: la regla de rectificación se aplica de forma correspondiente cuando «se ha pagado una contraprestación por una entrega u otra prestación pactada, pero la entrega u otra prestación no se ha ejecutado». La rectificación corresponde al periodo de declaración en el que devolvió el dinero, no retroactivamente a aquel en que entró.

A ello se suma una corrección de la factura de anticipo. Cómo se hace formalmente está en Corregir una factura.

Si puede quedarse el dinero, por ejemplo como penalización de cancelación pactada, la cosa cambia. Entonces hay que aclarar si el importe retenido es indemnización auténtica o contraprestación por una prestación; de eso depende si lleva IVA. Esa distinción se decide en el caso concreto y suele salir mal cuando uno la hace por su cuenta. Pregunte aquí a su asesoría fiscal.

Un caso especial: el desistimiento a distancia. Si un consumidor pide por internet y paga por adelantado, dispone por regla general de catorce días para desistir. Si desiste, debe devolverle el importe íntegro incluidos los gastos de envío estándar. El pago adelantado le protege del impago, no del desistimiento.

Fórmulas para el presupuesto y la factura

Cuatro frases que puede adoptar. La decisiva va en el presupuesto, no en la factura.

En el presupuesto o la confirmación de pedido:

Condiciones de pago: el 30 % del importe del encargo vence antes del inicio de los trabajos, el resto tras la recepción en 14 días sin descuento.

Para pago adelantado íntegro:

Condición de pago: pago antes del envío. Enviamos tras la recepción del importe facturado.

En la factura de anticipo:

Esta factura corresponde a un anticipo pactado. La prestación aún no se ha realizado. Por el importe restante recibirá al terminar una factura final en la que se descontará este anticipo.

En la factura final:

Menos factura de anticipo n.º 2026-0184 de 15/09/2026: 3.600,00 EUR netos, 684,00 EUR de IVA.

Una nota sobre el vocabulario: «pago por adelantado» y «pago anticipado» significan lo mismo y ambos son habituales. Manténgase con una sola palabra dentro de un mismo documento, o parecerá que se refiere a cosas distintas.

Si no quiere teclear las condiciones de pago en cada factura, guárdelas una vez en su programa de facturación; la fecha de vencimiento aparecerá después como fecha concreta en el documento, en lugar de una fórmula que el cliente tenga que calcular.

Preguntas frecuentes

¿Puedo exigir pago adelantado si el presupuesto no dice nada?

No. Sin acuerdo rige el orden legal: usted presta, después paga el cliente. Puede preguntarle luego si adelanta algo, pero no puede exigirlo.

¿Tengo que emitir factura por el anticipo?

Para la deducción del IVA soportado de su cliente empresario, sí. Él solo puede deducir el impuesto del anticipo conforme al § 15 apdo. 1 frase 1 n.º 1 UStG cuando «la factura esté disponible y el pago se haya realizado». Sin factura le falta la mitad del requisito. Usted, en cambio, debe ingresar el IVA con independencia de si ha emitido factura: lo desencadena la entrada del dinero.

¿Desde cuándo puedo reclamar el anticipo?

En cuanto pasa la fecha pactada, el anticipo se trata como cualquier otro crédito. Los plazos y el procedimiento están en Plazo de pago en la factura y Escribir un requerimiento de pago. La vía más sencilla suele ser no empezar el trabajo: su palanca es la prestación pendiente.

¿Cómo contabilizo un anticipo recibido?

Los anticipos recibidos no pasan por la cuenta normal de ingresos, sino por una cuenta propia de anticipos recibidos; el IVA correspondiente se registra por separado. Qué número de cuenta es en su plan contable y cómo se cancela con la factura final, acláralo con su asesoría fiscal. Adivinar cifras aquí cuesta después más tiempo del que vale la pregunta.

¿El anticipo cuenta en el año de entrada si llevo contabilidad de caja?

En la cuenta de ingresos y gastos rige el principio de cobro y pago del § 11 EStG: cuenta lo que está en la cuenta bancaria. Un anticipo que entra en diciembre pertenece por tanto al año viejo, aunque la prestación se realice en el nuevo. Cómo se elabora esa cuenta está en Hacer usted mismo la cuenta de ingresos y gastos.

¿Puedo pedir pago adelantado y ofrecer descuento por pronto pago?

Técnicamente sí, comercialmente rara vez tiene sentido. El descuento por pronto pago es el precio de pagar pronto, y con pago adelantado el cliente ya paga primero. Lo que cuesta realmente ese descuento lo calcula Descuento por pronto pago en la factura.

Quien usa anticipos con regularidad necesita sobre todo una visión de qué importes siguen abiertos frente a una factura final. Pruebe Easy Invoice gratis: las condiciones de pago están ahí como plantilla y las partidas abiertas aparecen a la fecha que elija.

Fuentes

Sobre el autor

Charles Imilkowski

Desarrollador de software · PepperTools

Charles Imilkowski desarrolla y comercializa desde 2014, con su empresa PepperTools, su propio software de facturación y contabilidad. Además, trabaja desde 2004 como desarrollador de software, hoy para empresas medianas, y crea interfaces entre sistemas ERP como SAP y soluciones contables como DATEV.

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